Recibo de zonas comunes

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RECIBO DE ZONAS COMUNES

Cuando compras vivienda sometida al régimen de propiedad horizontal, no solo adquieres un bien privado con todos los derechos y cargas que esto implica, sino que, además, te conviertes en titular de derechos y deberes sobre los bienes comunes.

Los bienes comunes son aquellas partes del edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal pertenecientes en proindiviso a todos los propietarios de bienes privados, que por su naturaleza o destinación permiten o facilitan la existencia, estabilidad, funcionamiento, conservación, seguridad, uso, goce o explotación de los bienes de privados. Ejemplos de bienes comunes son: salón comunal, recepción, piscina, gimnasio, antejardín, equipamiento comunal, cubierta, fachada, áreas de circulación, ascensores, zonas verdes, depósitos, parqueaderos, cuarto de máquinas, etc.

Al igual que como ocurre con los bienes privados, sobre los bienes comunes como consumidor inmobiliario también tienes el derecho a disfrutarlos en las condiciones de calidad, idoneidad y seguridad legalmente exigibles, ofrecidas o contractualmente pactadas y, en todo caso, en las ordinarias o habituales del mercado. Por ello, los constructores están obligados a asegurar la efectividad de la garantía en los siguientes aspectos: (i) reparar -en primer término- los defectos; (ii) cambiar o devolver el dinero pagado -en caso de no poder garantizar las condiciones de habitabilidad del inmueble-; (iii) suministrar las instrucciones de uso y demás información relevante para la asistencia técnica en la instalación y mantenimiento de los accesorios instalados en el inmueble; (iv) asegurar mano de obra calificada para cubrir los requerimientos de servicio y asistencia técnica posventa (principalmente una vez vencida la garantía); y, (v) la entrega material y jurídica del bien.

Una vez recibidos los bienes comunes de parte de la constructora, como copropietario estás obligado a garantizar que la edificación y sus partes se mantengan en condiciones de seguridad y salubridad, lo cual puede ser inspeccionado en cualquier momento por el secretario de obras públicas respectivo.

Por tratarse de un extenso y complejo conjunto de aspectos técnicos que rodean cada uno de los bienes comunes, el proceso de recibimiento de estos bienes no debe realizarse a “ojimetro” de los administradores sino que es altamente recomendable que las entregas se hagan apoyadas en un acta de recibo estructurada y con la participación de un profesional especialista dejando constancia de qué se recibe y en qué condiciones se recibe. Esta labor de consultoría y peritaje técnico para el recibimiento de las zonas comunes debe conllevar una inspección arquitectónica de las condiciones físicas de la construcción con respecto al cumplimiento de lo ofrecido por la constructora en la oferta comercial, a lo aprobado en la licencia de construcción y a lo exigido por las normas técnicas, urbanísticas y legales aplicables.

Solo así los administradores actuarán con el cuidado y la debida diligencia que les es exigible por ley, evitando daños y perjuicios futuros para la copropiedad y los copropietarios.

Ten en cuenta que hay bienes o zonas comunes que obligatoriamente te deben entregar en perfecto estado de forma simultánea junto con el bien privado adquirido, de tal forma que te garanticen el pleno uso y goce del bien privado; estos bienes se denominan bienes comunes esenciales, y ejemplo de ellos son las escaleras, ascensores, porterías, cuartos de basuras, equipos contra incendio, pasillos, entre otros.

Hay otros bienes de uso común que no son indispensables para el disfrute individual de cada bien privado; estos bienes se denominan bienes comunes no esenciales y ejemplos de estos son bienes son: zonas verdes, equipos e instalaciones hidrosanitarias y de gas, equipos e instalaciones eléctricas, gimnasio, parque infantil, entre otros. Estos bienes deben ser entregados por el constructor de forma obligatoria cuando haya construido y enajenado los bienes privados que representen por lo menos el 51% de los coeficientes de la copropiedad.

Recuerda que la garantía sobre los bienes comunes de las propiedades horizontales debe ser solicitada por el administrador de la propiedad horizontal.

AdC Abogado del Consumidor Colombia te acompaña en el proceso de recibimiento de las zonas comunes de tu copropiedad a fin de evites daños y perjuicios futuros para la copropiedad, copropietarios y administradores.

DEBER LEGAL DE LAS CONSTRUCTORAS EN LA ENTREGA DE LAS ZONAS COMUNES

Sobre la entrega de las zonas comunes el artículo 24 de la Ley 675 de 2001 dispone lo siguiente:

“Se presume que la entrega de bienes comunes esenciales para el uso y goce de los bienes privados de un edificio o conjunto, tales como los elementos estructurales, accesos, escaleras y ascensores, se efectúa de manera simultánea con la entrega de aquellos según las actas correspondientes. Los bienes comunes de uso y goce general, ubicados en el edificio o conjunto, tales como zona de recreación y deporte y salones comunales, entre otros, se entregarán a la persona o personas designadas por la asamblea general o en su defecto al administrador definitivo, a más tardar cuando se haya terminado la construcción y enajenación de un número de bienes privados que represente por lo menos el cincuenta y uno por ciento (51%) de los coeficientes de copropiedad. La entrega deberá incluir los documentos garantía de los ascensores, bombas y demás equipos, expedidas por sus proveedores, así como los planos correspondientes a las redes eléctricas, hidrosanitarias y en general, de los servicios públicos domiciliarios”.

Parágrafo 1º. Cuando se trate de conjuntos o proyectos construidos por etapas, los bienes comunes esenciales para el uso y goce de los bienes privados se referirán a aquellos localizados en cada uno de los edificios o etapas cuya construcción se haya concluido.

Parágrafo 2º. Los bienes comunes deberán coincidir con lo señalado en el proyecto aprobado y lo indicado en el reglamento de propiedad horizontal.

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Asesoría legal preventiva en compra de inmuebles

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ASESORÍA LEGAL PREVENTIVA EN COMPRA DE INMUEBLES

Sabemos que la vivienda es tal vez la compra más trascendental de tu vida por el enorme esfuerzo que debes hacer durante muchos años para adquirirla, por esto, en AdC Abogado del Consumidor Colombia como expertos en protección al consumidor, multiplicamos nuestro conocimiento legal para empoderar a los consumidores inmobiliarios de manera que minimicen al máximo los posible riesgos de verse defraudados e inmersos en situaciones completamente indeseables.

Lo primero que debes tener en cuenta es la importancia del tema. Para ello te informaremos sobre los principales riesgos a los cuales te puedes ver expuesto como consumidor inmobiliario antes, durante y después de la celebración del negocio, a fin de que tomes medidas y realices negocios seguros. Algunos de estos riesgos son:

Prórrogas fecha entrega

Padecer una cadena interminable de prórrogas en la fecha de entrega del bien por el incumplimiento en la entrega de la constructora.

Bien diferente a lo ofrecido

Tener que aceptar un bien diferente al ofrecido en caso que la constructora incurra en publicidad engañosa.

Contratos agresivos

Padecer los efectos nocivos de los contratos en exceso agresivos con los intereses del consumidor.

Cláusulas abusivas

Padecer los efectos nocivos de las cláusulas abusivas en los contratos celebrados por el consumidor.

Pagos adicionales por demoras

No poder disfrutar el bien propio, y en lugar de ello, terminar pagando a la vez arriendo y el crédito adquirido para la compra del bien en caso que la constructora no cumpla con la fecha de entrega del inmueble y el crédito haya sido desembolsado.

Malos manejos administrativos

Padecer retrasos en la entrega del bien por causa de malos manejos en la administración de los recursos para realizar el proyecto por parte de la constructora.

Multas y adecuaciones por construcción irregular

Asumir el costo de las multas y de las adecuaciones necesarias en el inmueble, en caso de construcción irregular, esto es, en caso que lo que entregue la constructora no coincida con lo aprobado en la licencia de construcción o con lo exigido en la norma técnica del sector construcción o con la norma urbanística.

Reparaciones a bienes con fallas

Asumir el costo de la reparación de los bienes que presenten fallas en caso que la constructora no tenga la solidez financiera para asumirlos o ya se encuentre liquidada para la fecha en que deba responder.

Recibo de un bien que no corresponde

Tener que aceptar la entrega de un bien que no fue el que se creyó estar adquiriendo por haber basado erróneamente la decisión de compra en suposiciones o en haber pasado por alto información relevante sobre aspectos como: área construida y área libre; calidad de los acabados; naturaleza jurídica de ciertos bienes como parqueaderos (privados, comunes, comunes de uso exclusivo); derecho a disfrutar de los bienes comunes (salón comunal, recepción, piscinas, gimnasios, zonas verdes, depósitos, parqueaderos, etc.); limitaciones a la propiedad (servidumbres o similares); costo aproximado de la cuota de administración, servicios públicos e impuestos; contenido del reglamento de propiedad horizontal; redes de servicios públicos, entre otros.

Costos de reparaciones o modificaciones

Asumir el costo de las reparaciones o modificaciones requeridas en el bien en caso de recibir a satisfacción el inmueble sin estar dadas las condiciones para ello.

Costos de reparaciones por entrega indebida de constructora

Asumir el costo de las reparaciones requeridas en los bienes entregados por la constructora en caso que el consumidor haga un uso indebido de ellos y la constructora no hubiese hecho entrega en debida forma de las garantías, manuales de instalación y mantenimiento, y demás información pertinente para la asistencia técnica en el mantenimiento de tales bienes.

Costos derivados de la interrupción en el disfrute del bien

Asumir los costos derivados de la interrupción en el disfrute del bien mientras son reparados los defectos por el constructor, por desconocimiento de los derechos de los consumidores en este sentido.

REVISAR PARA EVITAR

Para evitar caer en estas penosas situaciones, te sugerimos revisar, entre otros, los siguientes aspectos:
  • Licencia de construcción y uso permitido del suelo.
  • Planos arquitectónicos y estructurales del proyecto.
  • Registro del proyecto en la Oficina de Planeación del Distrito o Municipio correspondiente.
  • Estudio de suelos.
  • Amenazas por riesgos y obras de mitigación en caso de haberlos (en caso de proyectos cerca de ríos, quebradas, humedales, líneas de alta tensión o zonas de deslizamiento de tierras).
  • Publicidad entregada.
  • Modelos de contratos a celebrar (promesa de compraventa, fiducia, entre otros).
  • De cargo de quién serán los riesgos y qué consecuencias acarreará el eventual retraso de la entidad financiera para desembolsar los recursos provenientes del crédito.
  • Entrega material y jurídica de las zonas de cesión al distrito o a la alcaldía municipal correspondiente.
  • Fecha proyectada de entrega del bien o cronograma de entrega (si es un proyecto por etapas).
  • Certificado de existencia y representación legal de la constructora.
  • Trayectoria, reputación y solidez financiera de la constructora.
  • Permiso para vender.
  • Reglamento de propiedad horizontal (si lo hubiere).
  • Proyecciones del valor de la cuota de administración.
  • Proyección del costo de los servicios públicos e impuestos, de acuerdo a la estratificación socioeconómica del sector donde se construirá el proyecto.
  • Estado de la obra en que se entregarán los bienes privados y comunes (en obra negra, gris o terminados con acabados).
  • Especificaciones de los acabados.
  • Indicación de si el proyecto es realizado con recursos propios o mediante sistema de financiamiento.
  • Sistema de administración de los recursos girados, punto de equilibrio y demás condiciones para la entrega de los recursos al constructor (en caso que haya gestión fiduciaria de los recursos), garantías, etc.
  • Redes de servicios públicos.
  • Manual del Usuario el cual debe contener la información de los proveedores, materiales utilizados y planos (hidráulicos y eléctricos).
  • Certificados de conformidad de las normas técnicas de instalaciones eléctricas y de gas.

EL PODER DE LA INFORMACIÓN

Recuerda que como consumidor estás en el deber de informarte y de verificar la información que la constructora te pone a disposición, por esto, comprar un inmueble es un proceso que requiere tener calma y claridad.

Un consumidor informado es un consumidor protegido, por ello te recomendamos asegurarte de revisar con quién estás realizando negocios, qué es lo que estás comprando y en qué condiciones lo vas a comprar, recibir y utilizar.

Entre mantener a salvo el valioso esfuerzo que inviertes para adquirir tu vivienda y realizar una inversión apresurada e incierta, es mejor tomarse el tiempo para revisar, asesorarse y evitar al máximo futuros dolores de cabeza.

AdC Abogado del Consumidor Colombia te asesora en el proceso de compra de tu vivienda a fin de que minimices los riesgos asociados al negocio.

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Comercio electrónico

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COMERCIO ELECTRÓNICO

El comercio electrónico es un sistema de venta a distancia en el que la transacción comercial se realiza a través del intercambio de mensajes de datos utilizando medios electrónicos.

Dada la particular indefensión a la cual te puedes ver expuesto como consumidor electrónico, la ley ha dispuesto un catalogo amplío de derechos para proteger tus intereses en todas aquellas operaciones comerciales celebradas con expendedores ubicados en el territorio nacional utilizando medios electrónicos para tal fin. Tales derechos son:

Entrega a persona autorizada

Derecho a que el producto sea entregado a la persona que hayas autorizado, en la dirección que hayas indicado, y en la oportunidad debida (en el tiempo acordado o, en su defecto, dentro del término legal).

Recibir información

Derecho a recibir información cierta, fidedigna, suficiente, y actualizada sobre: la identidad del proveedor y sus datos de contacto; las características esenciales del producto; el plazo de la oferta; la fecha de entrega; las modalidades de la entrega; la disponibilidad del producto; el precio total del producto incluyendo todos los impuestos, costos y gastos relacionados -como gastos de envío-; el tiempo de entrega del bien o la prestación del servicio; los medios de pago; el modelo de contrato en el cual consten los términos y condiciones del servicio; la duración mínima del servicio; el resumen completo del pedido junto con la posibilidad de cancelar la transacción antes de concluirla; el acuse de recibo del pedido una vez concluida la transacción; la existencia del derecho de retracto y su procedimiento para ejercerlo; la existencia del derecho de reversión del pago y su procedimiento para ejercerlo; las cláusulas relativas a la renovación automática y/o a la permanencia; el enlace visible que le permita al consumidor ingresar a la página de la autoridad de protección al consumidor.

Atención de quejas y reclamos

Derecho a que sean atendidas tus reclamaciones, quejas y solicitudes de devolución.

Registros de relación comercial

Derecho a que el proveedor mantenga los registros necesarios para probar la existencia de tu relación comercial con él.

Mecanismos de seguridad

Derecho a que el proveedor adopte mecanismos de seguridad apropiados para prevenir el fraude electrónico y la utilización no autorizada de tus datos personales.

AdC Abogado del Consumidor Colombia te acompaña para promover la orden de la Superintendencia tendiente a favorecer tus derechos como consumidor electrónico, pudiendo conllevar, incluso, a la orden de reembolso del dinero pagado irregularmente, de ser el caso.

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Datos personales

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DATOS PERSONALES

Como ciudadano y consumidor tienes derecho a conocer, actualizar y rectificar nuestros datos personales almacenados en diferentes bases de datos. Comúnmente a este derecho se le denomina Habeas Data.

Los problemas más frecuentes con tus datos personales son:

1 – Reportes en centrales de riesgos: Debes tener en cuenta que el reporte será legal si y solo si autorizaste que tus datos fueran tratados de esa manera en caso de mora y, además, te notificaron previamente al reporte para que tuvieras la oportunidad de pagar o de demostrar el pago.

2 – Permanencia de información negativa: Tu información negativa no puede permanecer indefinidamente en las centrales de riesgos. Desde el momento de la extinción de la obligación el tiempo de permanencia será:

  • Del doble del tiempo de la mora si la mora fue de 1 a 24 meses.
  • De máximo 4 años si la mora fue superior a 24 meses.

3 – Uso no autorizado: Tienes derecho a que tus datos personales sean utilizados sólo en la forma en que autorices y solo por las personas que autorices.

Para demandar ante la Superintendencia, en los problemas 1 y 2 tendrás que agotar la reclamación directa ante la fuente o el operador de la información, no así en el 3.

AdC Abogado del Consumidor Colombia te acompaña para promover la orden de la Superintendencia tendiente a hacer efectiva la garantía del producto adquirido, pudiendo conllevar a la prestación del servicio en las condiciones contratadas, a la reparación del bien, a su cambio, e, incluso, a la devolución del dinero pagado por el bien o servicio.

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Servicios financieros

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SERVICIOS FINANCIEROS

Como consumidor financiero tienes derecho a que las entidades financieras ejecuten y cumplan sus obligaciones contractuales y legales, asumidas con ocasión de su actividad financiera, aseguradora, bursátil y cualquier otra relacionada con el manejo de los recursos captados del público.

Entre los productos y servicios financieros más comunes encontramos la cuenta de ahorro y corriente, la tarjeta de crédito, el crédito o préstamo de dinero, las pólizas de seguro, la administración de pensiones y cesantías, el leasing, los certificados de depósito a término, la fiducia mercantil, entre otros.

Los motivos de reclamación más frecuentes que puedes tener como consumidor financiero por producto o servicio son:

TARJETA DE CRÉDITO

  • Cobros indebidos con cargo a la tarjeta de crédito.
  • Revisión y/o liquidación del crédito.

CUENTA DE AHORRO Y CORRIENTE

  • Fraude a través de canales electrónicos.
  • Fallas en cajero automático.
  • Cobros indebidos por servicios y comisiones.
  • Descuentos injustificados.

CRÉDITO

  • Revisión y/o liquidación del crédito.
  • Reporte en centrales de riesgos.
  • Procedimientos de cobro y honorarios de cobranza.

PÓLIZAS DE SEGURO

  • No pago de la indemnización.
  • Controversias contractuales.

ADMINISTRACIÓN DE PENSIONES Y CESANTÍAS

  • Indebida atención y asesoría.
  • Mora en el pago y/o reconocimiento de las prestaciones económicas.
  • Incorrección en el reporte de aportes.

FIDUCIARIA MERCANTÍL

  • No entrega de información al cliente.
  • Controversias contractuales.
  • Indebida atención y asesoría.
  • Incorrección en el reporte de aportes.

Adicionalmente, como consumidor financiero tienes derecho a que en tus relaciones de consumo se garantice el equilibrio contractual por lo que puedes reclamar la protección de tus derechos ante cláusulas y prácticas que representen o puedan representar abusos contractuales.

AdC Abogado del Consumidor Colombia te acompaña para promover la orden de la Superintendencia tendiente a dar aplicación a las normas de protección al consumidor financiero, pudiendo conllevar a la declaratoria de ineficacia de las estipulaciones contractuales ilegales junto con la consecuente orden de reembolso del dinero, de ser el caso.

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Protección contractual

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PROTECCIÓN CONTRACTUAL

Como consumidor tienes derecho a que el contrato sea equilibrado con tus intereses y con los del proveedor del producto. En caso de desequilibrio contractual en favor del proveedor, este desequilibrio debe estar justificado con un beneficio proporcional en favor tuyo como consumidor.

En tal sentido, ten en cuenta que en los contratos están prohibidas las cláusulas abusivas; los productos no requeridos; las ventas atadas; las cláusulas de permanencia mínima; las interpretaciones desfavorables al consumidor; la información extensa, confusa y/o deficiente; la información no legible; la información en idioma diferente al castellano; entre otras.

En todos aquellos casos en que el productor o proveedor te otorgue de forma directa financiación para la adquisición del producto, tendrás una protección especial, concretada en el derecho a recibir información clara, completa y oportuna en cuanto a las condiciones del crédito y a los costos de los conceptos adicionales (estudios de crédito, seguros, garantías, gastos de cobranza, etc.).

Asimismo, como consumidor estás especialmente protegido ante ventas celebradas bajo métodos no tradicionales o a distancia. Esta protección te ampara en cuanto a la entrega del producto, a las reclamaciones y devoluciones, a la facilidad para identificar al proveedor/productor y en cuanto a la posibilidad de retractarte de la compra, principalmente.

AdC Abogado del Consumidor Colombia te acompaña para promover la orden de la Superintendencia tendiente a dar aplicación a las normas de protección contractual, pudiendo conllevar a la declaratoria de ineficacia de las estipulaciones contractuales ilegales junto con la consecuente orden de restitución del dinero pagado irregularmente, de ser el caso.

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Publicidad engañosa

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PUBLICIDA ENGAÑOSA

Como consumidor tienes derecho a que la propaganda comercial sea clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea en cuanto a la información esencial del producto ofrecido; solo así podrás adoptar conscientemente la decisión de consumo, pues contarás con los elementos de juicio suficientes que te permitirán elegir razonablemente entre las diferentes opciones existentes en el mercado.

La información esencial del producto es aquella indispensable para determinar su precio y características, los costos y la responsabilidad de los incentivos, las restricciones, limitaciones, excepciones y condiciones del mismo, así como aquella indispensable para el adecuado manejo, mantenimiento, forma de empleo y/o uso del bien o servicio.

El defecto en la información ocurre cuando el anunciante te presenta el producto de manera tal que te induce o puede inducirte a error. La información defectuosa conlleva a la no correspondencia entre los atributos ofrecidos y los que efectivamente te entregan, lo cual vulnera uno de tus principales derechos, a saber, el de recibir el producto en las condiciones contratadas.

En caso de publicidad engañosa, como consumidor tienes derecho a recibir lo ofrecido y a ser indemnizado por los perjuicios causados.

AdC Abogado del Consumidor Colombia te acompaña para promover la orden de la Superintendencia que obligue al anunciante a entregarte lo ofrecido e, incluso, a reconocerte y pagarte los perjuicios causados con la publicidad engañosa, de ser el caso.

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Garantía de productos

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GARANTÍA DE PRODUCTOS

Como consumidor tienes derecho al buen estado y funcionamiento de los bienes y servicios que adquieres en el mercado. Este derecho implica que el proveedor está en el deber de garantizarte el disfrute del producto en condiciones de calidad, idoneidad y seguridad.

Ejemplo de bienes y servicios que adquieres en el mercado y sobre los cuales tienes derecho al buen estado y funcionamiento son inmuebles, vehículos, servicios turísticos, servicios educativos, servicios profesionales, servicios que suponen la entrega del bien, computadores, electrodomésticos, gasodomésticos, productos de segunda, productos no perecederos, entre otros.

Los motivos de reclamación más frecuentes que puedes tener como consumidor por producto o servicio son:

INMUEBLES

  • No entrega del inmueble en la fecha convenida.
  • Incumplimiento de lo ofrecido.
  • Incumplimiento de la norma urbanística.
  • Cláusulas Abusivas.
  • Incumplimiento en la entrega de las zonas comunes.

AUTOMOTORES

  • Falla reiterada.
  • Cláusulas Abusivas.

SERVICIOS

  • Incumplimiento de lo ofrecido.
  • Daños en el bien sobre el cual recayó el servicio.

OTRAS COMPRAS

Computadores, electrodomésticos, gasodomésticos, productos de segunda, entre otra.

  • Falla reiterada.
  • Incumplimiento de lo ofrecido.
  • No entrega del producto en la fecha convenida.
AdC Abogado del Consumidor Colombia te acompaña para promover la orden de la Superintendencia tendiente a hacer efectiva la garantía del producto adquirido, pudiendo conllevar a la prestación del servicio en las condiciones contratadas, a la reparación del bien, a su cambio, e, incluso, a la devolución del dinero pagado por el bien o servicio.

RECLAMAMOS

La efectividad de la garantía podrá conllevar a la reparación del producto, al cambio e, incluso, a la devolución del dinero.

Cuando la efectividad de la garantía conlleva a la devolución del dinero, también conllevará la indexación de los valores pagados, esto es, la corrección monetaria del dinero para conservar su poder adquisitivo por todo el tiempo que se estuvo privado de la tenencia del dinero.

El derecho a reclamar daños y perjuicios pero sólo en eventos de publicidad engañosa y en eventos de daños a productos en servicios que supusieron la entrega del bien, podrán reclamarse ante la Superintendencia; en los demás casos deberá tramitarse la indemnización ante el juez civil.

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En los casos de prestación de servicios la garantía la efectividad de la garantía podrá conllevar a la prestación del servicio en las condiciones en que fue contratado o a la devolución del dinero, a elección del consumidor.

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